En base a todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Niega la sustitución de la medida de privación de libertad, solicitada por el acusado WILLIAM JOSE REYES SOSA, a través de su abogado defensor Francisco Alonso Guanipa Ocando, conforme a las previsiones del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese la presente decisión. Cúmplase.