Por todo lo antes motivado y debidamente anteriormente razonado este Tribunal Segundo de Juicio, actuando en éste acto como Tribunal Unipersonal en el Circuito Judicial Penal del estado Falcón en su extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley encuentra;
.- Al acusado MANUEL TOBIAS BRAVO CARDOZO, V.-81.114.502, COLOMBIANO, 51 AÑOS, SOLTERO, NATURAL DE SINCELEJO EN COLOMBIA Y DOMICILIADO EN MAQUIGUA, ESTADO FALCON Y NACIDO EN FECHA 01/08/1957, PROFESION U OFICIO OPERADOR DE MAQUINAS PESASDAS, HIJO DE LEOBILDO BRAVO Y FRANCISCA CARDOZO., CULPABLE de la comisión de los delitos de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, Art. 31 en su primer aparte, concatenado con el artículo 46 ordinal 5° de la Ley Orgánica contra tráfico ilícito y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, por lo que se le Condena a la pena de 6 añ.....