En virtud de lo anteriormente, expuesto este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia, en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la ley RESUELVE::
PRIMERO: Se ordena la inmediata libertad del ciudadano JOSE TOMAS LUQUEZ ARTEAGA, titular de la Cédula de identidad Nº 14.227.347, residenciado en el callejón Bella Vista, casa S/N, Barrio Bolívar del Municipio Carirubana del Estado Falcón, en virtud del Sobreseimiento decretado en fecha 19 de octubre de 2001, por parte de este despacho en virtud de haberse extinguido de acción penal de conformidad con los artículos 40 en concordancia con el ordinal 7 del artículo 44, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena dejar SIN EFECTO LA ORDEN DE APREHENSIÓN, que recae en el ciudadano anteriormente mencionado.