Ante la verificación en autos, del supuesto que contiene la norma antes transcrita, este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano FREDDY MANUEL MASABET APONTE, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, de oficio u profesión indefinida, titular de la cédula de identidad Nro. 3.821.605, domiciliado en la casa Papelón, calle Nro. 121, Urbanización La Trigaleña, Valencia Estado Carabobo, a quien se le instruye causa por el delito de Robo de Vehículo Automotor y Porte Ilicito de Arma de Fuego, previstos en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo y el artículo 278 del Código Penal respectivamente; y se acuerda librar Orden de Aprehensión en su contra, para que una vez aprehendido sea puesto a la orden de este Tribuna.....