Con base en los hechos y circunstancias establecidas anteriormente y con fundamento en las disposiciones legales aplicadas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON EXTENSIÓN PUNTO FIJO EN FUNCIONES DE SEGUNDO DE JUICIO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida contra el imputado CARLOS JOSÉ ESCOBAR ZAVALA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 14.802.337, nacido en fecha 21-08-1980, estado civil soltero, Marinero, 4to año de bachillerato, domiciliado en la CALLEJON CHILE CASA NRO. 01, BARRIO ANDRES ELOY BLANCO, CASA VERDE CON ROJA, Estado Falcón., por la comisión del delito de HURTO CON FRACTURA, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, por concurrir como Causal de Extinción de la acción penal la celebración del ACUERDO REPARATORIO pactado validamente entre partes, en conformidad con lo que dispone el.....