Verificados como han sido los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal para que proceda la Suspensión Condicional del Proceso, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso en la presente causa instruida al ciudadano: FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ HERNÁNDEZ, venezolano, natural de Punto Fijo, soltero, nacido en fecha 25-09-74, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.554.745, de profesión u oficio Electricista, hijo de Francisco Antonio López, domiciliado en el Barrio Obrero, calle México, Nro 25-A Punto Fijo Estado Falcón. En consecuencia, se SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO, imponiendo un lapso de prueba de un año durante el cual el acusado deberá cumplir las siguientes condiciones: la Prohibición de visitar la casa de habitación de la ciudadana .....