Por lo anterior expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL, al penado LUIS ALEXIS BARRAEZ PASTRÁN, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 19.262.851, hasta el cumplimiento de la pena corporal que se extingue el 28/09/2009, se le imponen las condiciones siguientes: "Debe mantenerse laboralmente activo. Debe presentar constancia de trabajo cada tres meses a su delegado de prueba. Debe continuar cumpliendo obligaciones familiares. No debe ingerir bebidas alcohólicas, ni consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Debe participar en actividades y talleres de prevención del delito. .....