Por lo anterior expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL, a la penada IDANIA JOSEFINA TORRES, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 7.405.239, a quien se le imponen las siguientes condiciones: : "Debe mantenerse estable en el área laboral, como hasta ahora lo ha demostrado. No debe consumir bebidas alcohólicas ni Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. No debe concurrir a sitios públicos, tales como discotecas, bares, tascas, ferias, entre otros. Cumplir con sus obligaciones familiares. Debe asistir a terapias de autoestima. Debe cumplir con las obligaciones que le impongan y que considere.....