Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479 numeral 1, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, AUTORIZA la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA, como es el ESTABLECIMIENTO ABIERTO, al penado ELMER ENRIQUE ALEJOS PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.791.884. Se le imponen las siguientes condiciones: Debe recibir orientación en el área preventiva del delito. Cumplir con sus responsabilidades laborales y familiares de manera apropiada. No ingerir bebidas alcohólicas y ser orientado al respecto. Recibir orientación de su delegado de prueba guiada hacia un mayor crecimiento personal y social. No portar ningún tipo de armas blancas ni de fuego. Debe tener un n.....