/Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Ejecución, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, OTORGA al penado: RIVERO MARQUEZ JOHAN JOSE, titular de la cédula de identidad nro. 17.626.011 AUTORIZACION a los fines de que pernocte en el domicilio de su grupo familiar, ubicado en esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el día domingo 03 de Diciembre de 2006 durante la realización de los comicios electorales, por razones de seguridad, debiendo regresar al Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández, el día lunes 04 de Diciembre de 2006 y con la obligación para la Directora del mencionado Centro de Tratamiento de informar al Tribunal en un lapso de 24 horas contados a partir de su notificación de la dirección exacta del domicilio de los familiares del penado, lugar donde este pernoctara. Todo de conformidad con el artículo2 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concord.....