DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Juzgado N° 12 en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 250, 251 ordinales 2º, 3º y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA PROCEDENTE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de la ciudadana NURKIZ MILANGELA VELAZQUEZ CARRILO, quien manifestó ser titular de la Cédula de Identidad 23.954.866, supra identificada, por la presunta comisión del delito de EXHIBICION PORNOGRAFICA DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, previsto y sancionado en el artículo 24 de la Ley Especial contra los Delitos Informáticos con la agravante contenida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del Procedimiento Penal Ordinario.
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