DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que anteceden, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE L REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud Fiscal de Aprehensión en Flagrancia del ciudadano: RENNY JESÚS TORRES OROPEZA, venezolano, de 33 años de edad, nacido el día 09-03-1.975, en la ciudad de Carora, Estado Lara, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.777.079, hijo de Esther Lina de Torres (fallecida) y de Francisco Torres, domiciliado en la avenida Los Próceres, Edificio Fenicia, piso 4, Apartamento 12, al lado de la Jefatura de Policía de San Bernardino, Caracas, Distrito Federal, teléfono 0414-3331708, 0212-5521512, 0414-5404534, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en la comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Vigente. SEGUNDO: Con Lugar la Solicitud Fis.....