DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Se acuerda procedente la revisión de oficio de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, decretada en contra del imputado YOEN ANTONIO GONZÁLEZ GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.501.908, soltero, hijo de Beatriz Gutierrez y Jacinto González; residenciado Sector "La Greda" al final de la calle Chiquinquirá, casa Nro. 01, de color Azul con amarillo, a una cuadra del Liceo "Priscila Veliz". Carora Estado Lara. Teléfonos: 0252-444.63.18, en la presente causa seguida por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilíc.....