Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Estadal Nº 12 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: NIEGA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD ASI COMO LA REVISIÓN O SUSTITUCIÓN DE LA MISMA, la cual fue impuesta en fecha 17 de junio del año 2004, a los ciudadanos JESUS GABRIEL LEAL AYALA, titular de la cedula de identificación Nº V-4.632.078 Y GUILLERMO JOSE TORRES LOPEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.003.944 , por la presunta comisión del Delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, solicitada por la Defensa, Abogado CARLOS CORTEZ RIERA, Defensor Público Segundo en materia Penal Ordinario Extensión Carora. Regístr.....