Este tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el presente Interdicto posesorio de RESTITUCIÓN por DESPOJO, intentado por el ciudadano ELIGIO YANEZ contra el ciudadano YUL GUSTAVO MARCHENA VITA, todos identificados. Se ordena la restitución del inmueble ubicado en la calle 52 entre carreras 13 A y 13 C, Nro. 13A-64 de Barrio Nuevo, Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara. SEGUNDO: Se condena en costas a la querellada por haber resultado vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se ordena la notificación de las partes para que interpongan los recursos que consideren convenientes.