DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 585 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, DECLARA:
1) PRIMERO: FIRME la medida de embargo preventivo decretada por este Juzgado en fecha 02/11/2020, con ocasión de la causa por resolución de contrato de arrendamiento, intentada por el ciudadano YEKER DOUGLAS MESA ARBOLERA, contra la firma mercantil "PANADERIA Y CHARCUTERIA MEDIO ORIENTE, representada por el ciudadano JAMAL EJBARA, todos identificados.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concord.....