Se declaró TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ejercen los ciudadanos SERVANDO, PAUSOLINA DEL CARMEN, AUGUSTO, GLADYS BENITA y JUAN HONORIO NIEVES SALAS, con la salvedad que bajo ningún concepto este Título otorga propiedad sobre el terreno donde se encuentran fomentadas dichas bienhechurías, los cuales son propiedad del Instituto Nacional de Tierras y quedan a salvo los recursos naturales existentes, los cuales están bajo la administración del Ministerio del Ambiente.