Se declaró EXTINGUIDO el presente juicio de Divorcio y terminado el procedimiento. En cuanto al pronunciamiento de la medida decretada de Prohibición de Enajenar y Gravar, se reserva para el momento en que quede definitivamente firme, así como el archivo del expediente. No hay condenatoria en costas. TERCERO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del proceso.