Se dictó sentencia Interlocutoria, declarandose incompetente para conocer del presente amparo constitucional, presentado por la ciudadana MARIHELBA MARGARET DURAN PEREIRA, y ordenando su remisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Estado Lara, a los fines de que sea distribuido por ante los Juzgado Superiores Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, para que conozca del mismo.