Se DECLARÓ INCOMPETENTE para conocer el Juicio de CUMPLIMENTO DE CONTRATO, intentado por el ciudadano GIACOMO GUISEPPE GUALTIERI PALMERI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.631.720, contra los ciudadanos HENRRY ANTONIO HERRERA ADAM y NALETZI MARYED ALVARADO DE HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.416.832 y V- 11.694.457, respectivamente. Se DECLINÓ LA COMPETENCIA al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Líbrese Oficio y remítase la totalidad de las actuaciones en la oportunidad legal correspondiente. Se ordenó remitir el expediente a Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, una vez quede firme la presente decisión.