Se DECLARÓ: conforme al Artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGADO el presente desistimiento, en consecuencia: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, presentado en fecha Dieciocho (18) de Julio de 2017, por la ciudadana MARIA TERESA NICOLASA BETANCOURT DE LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.939.127, asistida por el Abogado MARIO J. QUERALES SALAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 75.751, en consecuencia, téngase entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 263, 264, del Código de Procedimiento Civil, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, por no haber contradicción en la Ley Adjetiva y estar ajustada a derecho.