Se DECLARA SIN LUGAR las cuestiones previas opuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO CARMONA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.934.839, relativas al ordinal 11 del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 78 Ejusdem.
Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.