Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la demanda por COBRO DE BOLIVARES, interpuesta por MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL contra DISTRIBUIDORA BLOMER DE VENEZUELA, C.A.
En consecuencia se da por terminado el procedimiento. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de esta decisión.