II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: HA LUGAR la inadmisión de la abogada MIRIAM MAURERA DAVID, para ejercer la representación o asistencia de la parte demandada, ciudadano GABRIEL ANTONIO CARIEL ÁLVAREZ, ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por existir una causal respecto a la jueza provisoria del referido tribunal, abogada FILOMENA GUTIÉRREZ CARMONA, que fue declarada con anterioridad en otro juicio.