Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declaró consumada la perención y en consecuencia extinguido el proceso en la demanda Mero Declarativa de Unión Concubinaria, interpuesta por el ciudadano Luís María Albarracin Rozo, contra los ciudadanos Génesis Maghda Aguilar Hernández, Jousselyn Arianny Aguilar Hernández y Osny José Querales Hernández, en su carácter de hijos de la fallecida Nilda Zuleima Hernández Valles, todos antes identificados. Notifíquese a las partes de la presente decisión, mediante boleta dejada por el alguacil del Tribunal, a tenor de lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en la ciudad de.....