Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ATA MUSTAFA DAGGAH KHAMIS, asistido por los Abogados en Ejercicio ALFONZO FAJARDO OVIEDO y JOSE LUIS CONTRERAS QUEVEDO contra la ciudadana MARIA FIGUEREDO, y por orden del Tribunal contra la ciudadana BRUNILDA ZORAIDA FIGUEREDO, y posteriormente contra sus herederos (CARLOS EDUARDO, LINDA EVANIS, WILL EDUARDO y ROSALINDA DESIREE), representados por su abuela materna-demandada, ciudadana María Figueredo, representada judicialmente por la Abogada EGLIX HERNANDEZ; todos ya identificados en el encabezamiento de la presente decisión; cuyo motivo lo es por NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA.- En consecuencia se de.....