DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara Inadmisible la Pretensión de Amparo Constitucional, ejercida por la sociedad mercantil ALMACENADORA JM 2023 C.A, representada por los ciudadanos Manuel Augusto Rodríguez Medina y Serge Jean Paul Lepinoux Torrealba, contra los ciudadanos Michell Lepinoux Chupeau, y Juan José Tovar, todos antes identificados.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los once días del mes de marzo de 2024, siendo las 10:00 de la mañana. Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación.
Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador de sentencias de manera digital.
La Juez.....