En razón de todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera
Instancia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la presente solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos RUBEN DARIO NUÑEZ MARTINEZ y TURANDOT COVA JIMENEZ, anteriormente identificados, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron por ante el Jefe Civil la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara, el día veintiuno (21) del mes de Julio del año Mil Novecientos Ochenta y Seis (1986), según acta N° 315, de la referida fecha.