DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara Con lugar la solicitud de Expropiación, interpuesta por el estado Carabobo. En consecuencia: PRIMERO: Se declara la expropiación total por causa de utilidad pública o social del inmueble "CENTRO COMERCIAL LOS ARCOS", ubicado en la Calle Bolívar No. 87, Parroquia Unión del Municipio Puerto Cabello, estado Carabobo, propiedad de los ciudadanos Henry Hernández Domínguez y Daymara de las Mercedes Salgado Rodríguez, titulares de la cedula de identidad No. 5.890.182 y 9.414.565, respectivamente, según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Puerto Cabello del estado Carabobo, de fecha 13 de mayo de 2011, bajo el No. 2011.973, Asien.....