Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar la demanda por Prescripción Adquisitiva, interpuesta por el ciudadano Juan Gerónimo González Corte, contra el ciudadano Juan Alberto Teixeira de Nobrega. Se condena en costas a la parte perdidosa de acuerdo al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO:Inadmisible la reconvenciónpor Reivindicación, ejercida por la abogada María Herminia Graterol, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Juan Alberto Teixeira de Nobrega, contra el ciudadano Juan GerónimoGonzález Corte. Se condena en costas a la parte reconviniente. Se ordena notificar a las partes de la presente sentencia, mediante boleta de conformidad con el artículo 233 del Có.....