Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara: Inadmisible la demanda Merodeclarativa de Unión Concubinaria, interpuesta por la ciudadana Olga Montiel de Fatone, contra los ciudadanos Herminia Coromoto Estevez Montiel, Lorena Margarita Estevez Montiel, y Manuel Ramón Estevez Montiel, antes identificados.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los 25 días del mes de julio de 2023, siendo las 03:00 de la tarde. Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación.
Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador de sentencias de manera digital.
La Juez La Secretaria
Marisol Hidalgo Garcí.....