En razón de todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos COROMOTO MARGARITA PINTO CASTILLO y MARTIN ANTONIO DELPINO MANZANO, anteriormente identificados, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron en fecha dieciséis (16) de Noviembre de mil novecientos noventa y dos (1992), por ante la Prefectura de la Parroquia Borburata, según acta N° 57, de la referida fecha.
Publíquese y déjese copia.