Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara Inadmisible la Demanda por Desalojo y Cobro de Cánones de Arrendamiento, por inepta acumulación de procedimientos, interpuesta por la abogada Gloria Alvarado Muñoz, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Hugo José Alvarado Muñoz, y Federico Saúl Alvarado Muñoz, contra el ciudadano Roberto Oscar Bastidas Cárdenas, antes identificados. Notifíquese a las partes de la presente decisión, mediante boleta dejada por el alguacil de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los 30días del mes de marzo de 2023, siendo las.....