En consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal del ciudadano ENRIQUE JAVIER CARRERO ZAMBRANO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.525.799, natural de Bailadores Estado Mérida y como consecuencia de ello, se decreta el sobreseimiento de la causa. Así se decide. Notifíquese a las partes.