Visto el oficio N° 608 de fecha 18-03-05, en el que la Licenciada Dra. Carlina Marmolejo de García, informó a este Despacho que el penado LEONARDO JOHAN MÉNDEZ ALBORNOZ, está cumpliendo con las condiciones que le impuso el Tribunal para otorgarle la Suspensión Condicional de la Pena, este Tribunal acuerda mantener al mismo el citado beneficio. Y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase. Notifíquese a las partes.