Decisión
El Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 479, numeral 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, y llenos los extremos exigidos en los artículos 3, 5, 6, 7, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, decide: Redime judicialmente la pena impuesta a la ciudadana MAGALY CHIQUINQUIRÁ FERNÁNDEZ FINOL (identificada en autos), por el lapso de seis (06) meses, nueve (09) días y doce (12) horas de presidio, por el trabajo realizado durante el tiempo de su reclusión en el Anexo Femenino del Centro Penitenciario de Occidente, Santa Ana, estado Táchira, en el periodo comprendido del día 10-05-2007 hasta el 29-05-2008. Remítase con oficio copia certificada de la presente decisión a la Direc.....