El penado podrá optar penado podrá optar a las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena, siempre que cumpla todos los requisitos establecidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, a partir de las siguientes fechas:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir un cuarto de la pena impuesta (02 años, 06 meses); tiempo éste que se cumple el 12/08/2009, fecha a partir de la cual, podrá optar el penado al mencionado beneficio.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: cuando cumpla un tercio de la pena (03 años y 04 meses); tiempo éste que se cumple el 12/06/2010, fecha a partir de la cual, podrá optar el penado al mencionado beneficio.
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3.- LIBERTAD CONDICIONAL: cuando cumpla dos tercios de la pena impuesta (06 años y 08 meses); tiempo éste que se cumple el 12/10/2013, fecha a partir de la cual, podrá optar el penado al mencionado beneficio.
4.- CONFINAMIENTO: cuando cumpla tres cuartas partes de la pena impuesta (07 años y 06 meses); tiempo éste que se cumple el 12/08/2014, fe.....