Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en los artículos 479, 482, 484 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el cómputo de la pena impuesta a LUIS EDUARDO PARRA RAMOS, en virtud de la nueva penalidad impuesta por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, al declarar con lugar el Recurso de Revisión presentado por este Tribunal, de acuerdo al cual, tiene una pena cumplida de de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y CATORCE (14) DÍAS, por lo que le falta por cumplir, de conformidad con la nueva pena impuesta, un lapso de Seis (06) años, seis (06) meses y dieciséis (16) días.
SEGUNDO: Ratifica la Orden de Captura que pesa en contra del mencionado penado, para lo cual se acuerda librar los oficios correspondi.....