Por cuanto el penado ELADIO FERNANDO GONZALEZ PARRA, venezolano, natural de Mérida, de 26 años de edad, Cédula de Identidad Nro V-14.588.565, fecha de nacimiento 02-09-79, de Estado civil soltero, de oficio comerciante, hijo de Eladio González y Yhajaira Josefina Parra, domiciliado en la Urbanización El Pilar, edificio 04, apartamento 0203, Ejido Estado Mérida, tiene derecho a optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena se ordena le sean realizado los estudios técnicos en libertad y así se decide EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY.