Notifíquese al Ministerio Público y a la Defensa del contenido del presente auto, a fin de que puedan hacer las observaciones necesarias al cómputo dentro del plazo de cinco (5) días, contados a partir de su notificación.***************************************
Expídase copia y remítase al Departamento de Vigilancia de Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Líbrense boletas de notificación a los penados, anexándoles copia certificada de esta decisión, haciéndoles saber en ellas de su obligación de presentarse ante este despacho cada 15 días y de acudir a la Unidad Técnica ya indicada. Ofíciese al Consejo Nacional Electoral informándole de la inhabilitación política que tiene el penado. Se autoriza para la expedición y certificación de las copias a la secretaria del Tribunal. Cúmplase.