Por las razones anteriormente señaladas, este Juzgado de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA CONCEDER EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL a la penada KENYA LISBETH MARTÍNEZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-16.201.411, y así se declara.