Remítase un ejemplar de la presente decisión al Centro de Tratamiento Comunitario "Lic. Piedad Leonor Rodríguez", y a la Coordinación de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Mérida, a fin de que continúen con la supervisión del penado. Líbrese boleta de pre-libertad y remítase al Centro de Tratamiento Comunitario "Lic. Piedad Leonor Rodríguez" una vez que el penado firme el acta de compromiso. Notifíquese al Penado, a la Fiscalía XIII del Ministerio Público y a la Defensa. Cúmplase.