Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REDIME LA PENA IMPUESTA AL CIUDADANO JESUS ALBERTO REY CUATRO (04) MESES Y NUEVE (09) DIAS, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.134.000, de conformidad con los artículos 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal vigente y el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
Notifíquese al Ministerio Público y al Defensor Público; Abogado MAIRET TERESA UZCATEGUI. Notifíquese al penado anexo copia certificada de la presente decisión, remítase copia de la misma al CPRA anexo carpeta de solicitud. Cúmplase
La Juez de Ejecución Nº 02
Abog. JOYCEMAR GARCIA ASTROS
La Secretaria