ESTE TRIBUNAL MIXTO DE JUICIO N° 04 DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano LUIS ALBERTO FONSECA DÁVILA, venezolano, de estado civil soltero, de 40 años de edad, trabaja en electrónica, titular de la cédula de identidad N° 9.397.013, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 04-08-66, hijo María Dávila (f), y Carlos Fonseca (v), domiciliado en El Hato, Urbanización Monseñor Domingo Pérez Roa, calle 4. El Vigía Estado Mérida, por los hechos imputados por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público del Estado Mérida, Extensión El Vigía, y que califico como PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal reformado, en perjuicio del Orden Público. SEGUNDO: Se acuerda el cese de la medida.....