Este Juzgado Cuarto Mixto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: No existen elementos suficientes probatorios que indiquen la participación conjunta antijurídica y culpable de los ciudadanos RAMSES ABULIO UZCATEGUI; RAMON ANTONIO ARIAS SEPULVEDA; WUARLIN OPTIMIOO MOLINA BRAVO; JOSE LUIS CHACON PÉREZ; ALEXIS RODRIGUEZ JARAMILLO; FRANKLIN YANNAIR CASTILLO, plenamente identificados. En consecuencia se determina y dicta sentencia ABSOLUTORIA a favor de los ciudadanos RAMSES ABULIO UZCATEGUI, RAMON ANTONIO ARIAS SEPULVEDA; WUARLIN OPTIMIOO MOLINA BRAVO; JOSE LUIS CHACON PÉREZ, Por la comisión ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 83, 455, 458 del Código Penal; ALEXIS RODIGUEZ JARAMILLO, RAMON ANTONIO ARIAS SEPULVEDA, FRANKLIN YANNAIR CASTILLO, Por la comisión de los delitos de PRIVACION IL.....