En atención a lo anterior, ESTE TRIBUNAL UNIPERSONAL DE JUICIO N° 04 DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE a la ciudadana NUVIA JOSEFINA GONZÁLEZ, venezolana, natural de El Vigía, nacida en fecha 07-12-65, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.399.499, hija de Dalia González, de oficios del hogar, residenciada en Barrio El Carmen con avenida 9, casa N° 1-43, El Vigía Estado Mérida, por los hechos imputados por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de los hechos imputados por el Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público y que califico como el delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley contra el Tráfico I.....