Por las Razones de Hecho y de Derecho antes expuestas, este Juzgado Mixto Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: POR CRITERIO UNANIME, ESTE TRIBUNAL MIXTO CONSIDERA PENALEMENTE RESPONSABLE al ciudadano HERNANDO CANTILLO ARRIETA, plenamente identificado, por la comisión del delito de VIOLACION CONTINUADA AGRAVADA, prevista y sancionada en los artículos 374 numeral 2, y articulo 99 del Código Penal, en concordancia con el articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente. En perjuicio de la niña para el momento de los hechos A.R.A.S. SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano HERNANDO CANTILLO ARRIETA, por la comisión del delito de VIOLACION CONTINUADA AGRAVADA, prevista y sancionada en los artículo 374 ordinal 2 del Código Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 99.....