Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL UNIPERSONAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA. EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: CONSIDERA PENALMENTE INOCENTES a los ciudadanos DUBIS VILLAMIZAR, MIRIAN AMADO ORTEGA, JORGE ELIECER MORALES MIER, JORGE RAMON MARTINEZ VILLARVA, por la comisión de delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIOAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 encabezamiento de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el artículo 163 numeral 11 de la citada ley, en perjuicio del Estado venezolano. Por lo tanto ABSUELVE a los ciudadanos antes mencionados; de conformidad con lo previsto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 362, 364, 365 y 366 del Código Org.....