Este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO POR ADMISION DE LOS HECHOS se impone la Sentencia Condenatoria al ciudadano JUAN ELVIS URBINA MENDEZ, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal venezolano, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÙBLICO, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION. SEGUNDO: SE IMPONE al acusado, la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la condena artículo 16 del Código Penal. No se impone la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por se "excesiva e ineficaz" conforme a la sentencia vinculante n° 135 del 21-02-2008, dictada por la Sala .....