Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 04 del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano: JESÚS MARÍA CARRILLO VARGAS, quien se identificó como de nacionalidad colombiana, de estado civil soltero, de 59 años de edad, natural de San José de Miranda, en Santander del Sur, titular de la cédula de identidad N° 81.406990, nacido en fecha 06-12-46, domiciliado en Caño Zancudo, vía Panamericana, Calle Principal, casa sin número, cerca del mercal y de una frutería. El Vigía Estado Mérida, por no haberse demostrado la culpabilidad del mismo en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psi.....